miércoles, 12 de marzo de 2008

Concejo Academico

CONSEJO ACADÉMICO.
(Art. 145 Ley 115 de 1994)
Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Constitución. Convocado y presidido por el rector, estará integrado por los Directivos docentes y un docente por cada área que ofrece la institución.
Por tratarse de una institución integrada, el consejo académico de la I.E.D. Fabio Lozano Simonelli estará integrada por:
El rector quién la presidirá y convocará
Los coordinadores(as)
Una orientadora
Un docente por cada área que ofrece el plantel.
Dos docentes de la sede B (uno por cada jomada)
Dos docentes de la sede C (uno por cada jomada)
Un docente de la sede A ( de la básica primaria)
Funciones
Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la Propuesta del P.E.I.
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto.
Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
Participar en la evaluación institucional anual.
Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el P.E.I. (decreto 1860 de 1994, artículo 24.)
Reuniones. Una vez por mes, y cada vez que el Rector lo crea necesario.

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